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RESICO · 3 min · Actualizada el 21 de octubre de 2026

Tabla de ISR de RESICO 2026: cuánto pagas cada mes

La tabla mensual de ISR de RESICO, cómo se aplica la tasa a todo lo que cobras y ejemplos con la retención del 1.25%. Con base en la Ley del ISR y la RMF 2026.

En el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) pagas de ISR entre 1.00% y 2.50% de lo que cobraste en el mes, según cuánto haya sido. La tasa se aplica a todo lo que cobraste, sin IVA y sin restar gastos. Si cobras $40,000 en un mes, pagas 1.10%: $440. La tabla está en el artículo 113-E de la Ley del ISR y es la misma en 2026.

La tabla mensual de 2026

Ingresos del mes, efectivamente cobrados, sin IVA:

  • Hasta $25,000.00: 1.00%
  • Hasta $50,000.00: 1.10%
  • Hasta $83,333.33: 1.50%
  • Hasta $208,333.33: 2.00%
  • Hasta $3,500,000.00: 2.50%
No es por tramos

A diferencia de la tabla de sueldos, aquí no hay cuota fija ni se calcula por escalones. Buscas en qué renglón cae lo que cobraste en el mes y esa tasa se aplica a todo el monto.

Qué cuenta como ingreso del mes

La ley dice que el pago mensual se calcula con los ingresos de tu actividad que cumplan tres cosas:

  • Que ya los cobraste. Cuenta lo que te pagaron en el mes, no lo que facturaste. Si facturaste con pago en parcialidades o diferido (PPD) y te pagan después, el ingreso cuenta cuando te pagan.
  • Que tienen factura. Los ingresos deben estar amparados por un CFDI.
  • Sin IVA y sin deducciones. Usas el subtotal, no el total con IVA, y no restas ningún gasto.

Pagas a más tardar el día 17 del mes siguiente. La declaración viene prellenada con tus facturas de ingreso, egreso y pago del periodo (regla 3.13.7 de la RMF 2026).

Un ejemplo por cada renglón

  • Cobraste $18,000 → 1.00% → pagas $180.
  • Cobraste $40,000 → 1.10% → pagas $440.
  • Cobraste $70,000 → 1.50% → pagas $1,050.
  • Cobraste $150,000 → 2.00% → pagas $3,000.
  • Cobraste $250,000 → 2.50% → pagas $6,250.

Si le facturas a empresas: la retención del 1.25%

Cuando una persona moral te paga, te retiene 1.25% de lo que te paga, sin contar el IVA (artículo 113-J). Esa retención cuenta para tu pago mensual: la restas del ISR del mes.

Ejemplo: eres consultora y en octubre cobraste $60,000 más IVA, todo a empresas. Tu tasa es 1.50%, así que tu ISR del mes es $900. Las empresas te retuvieron 1.25% de $60,000, que son $750. En tu declaración pagas $150 ($900 − $750).

Si cobras poco, la retención puede ser mayor que tu ISR. Con $40,000 cobrados a empresas, tu ISR es $440 (1.10%) pero te retuvieron $500 (1.25%): te quedan $60 a favor. Ese saldo lo puedes pedir en devolución; la RMF 2026 te deja hacerlo mes por mes o juntar todos los del año y pedirlos a partir del 17 de enero siguiente (regla 3.13.34).

Cómo se arma una factura con retenciones, con ISR e IVA, lo explicamos en Facturación en RESICO.

Lo que más se complica

  • El brinco de renglón. Como la tasa se aplica a todo, pasarte un poco de un límite te sube el impuesto de todo el mes. $83,000 cobrados pagan $1,245 (1.50%); $84,000 pagan $1,680 (2.00%). Por $1,000 más de ingreso pagas $435 más de ISR.
  • No hay declaración anual que lo compense. Según la regla 3.13.7 de la RMF 2026, cada pago mensual es definitivo y no presentas anual por tus ingresos de RESICO. Un mes caro no se promedia con uno barato. Solo quienes tienen bienes en copropiedad pueden optar por presentarla.
  • Sumar el IVA por error. La tasa va sobre el subtotal. Si la aplicas al total con IVA, pagas de más.
  • El tope de $3,500,000. Si en el año tus ingresos pasan de esa cantidad, dejas de tributar en RESICO a partir del mes siguiente (artículo 113-E, tercer párrafo).

¿Cambia en 2027?

Hay una reforma en trámite que subiría el tope a $5,000,000 y dejaría las tasas igual. Si se aprueba, aplicaría desde el 1 de enero de 2027; para 2026 la tabla es la de arriba. Te contamos en qué va en RESICO 2027.

Fuentes

Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de tu contador.

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